Según informa el Grupo Puig en un comunicado, la compañía ha formalizado un acuerdo para que Saphir cumpla la sentencia firme a la que fue condenada por infracción de marca, competencia desleal, publicidad ilícita y aprovechamiento de la reputación ajena.
El acuerdo supone el pago de 4 millones de euros en concepto de indemnización por daños y perjuicios y gastos, que deberá quedar totalmente satisfecho por Saphir en 2018.
Además, Saphir y todas las sociedades del grupo se comprometen a cesar y abstenerse de realizar cualquier uso de marcas propias o licenciadas de Puig, presentes o futuras, así como cualquier logotipo, icono o cualquier otro elemento que se pueda vincular de cualquier otro modo con marcas de Puig, compromisos de alcance mundial.
Desde 2015 Puig ha librado una batalla judicial contra Saphir con demandas interpuestas para que esta empresa dedicada a la distribución y comercialización de fragancias, cesara en el uso de la imagen de perfumes del Grupo Puig para la comercialización de fragancias de equivalencia. El 16 de noviembre de 2016 el proceso afrontó un momento transcendental en el Tribunal Supremo, que consideró como inadmisibles los recursos de casación e infracción procesal interpuestos por Saphir contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante de 14 de septiembre de 2015.
Como recogía la sentencia de 2015, el uso de marcas notorias por parte de Saphir, Caravan e IAP se realizaba mediante el suministro a sus comerciales y estos a terceros de diferentes materiales que establecían supuestas equivalencias con marcas notorias de fragancias originales de Puig. La condena se extendía al minorista.
Con este acuerdo de indemnización Puig mantiene el rigor en la defensa de sus marcas y la protección de sus activos intangibles.
Si desea recordar la noticia de enero de 2015 sobre la sentencia de condena a Saphir, haga clic en el siguiente enlace: Puig gana la demanda contra Saphir.