Durante el primer semestre de 2023 la Unión Europea va a modificar el listado de declaración obligatoria de alérgenos en cosméticos, incorporando 57 alérgenos adicionales a etiquetar (Anexo III del Reglamento CE 1223/2009). AEFAA (Asociación Española de Fragancias y Aromas Alimentarios) lleva desde 2022 preparando a sus asociados, que ya están listos para el cambio. Si eres empresa del sector y aún no has modificado el etiquetado, debes tener en cuenta a qué obliga la nueva norma y las fechas para su aplicación.
Nuevo etiquetado de alérgenos en cosmética
• 81 ingredientes alérgenos pasan a ser de declaración obligatoria en el etiquetado (≥ 0,001% productos sin enjuague o ≥ 0,01% productos con enjuague).
• Los 57 nuevos alérgenos incluyen 30 sustancias (mentol, terpineol, anetol, benzaldehído y vainillina, entre otros), así como 27 sustancias naturales complejas (jazmín, lavanda, limón, cananga, menta y canela, por citar solo algunos ejemplos).
Fecha de entrada en vigor: segundo trimestre de 2023
• 2026: periodo de transición de 3 años para la introducción en el mercado de nuevas creaciones y para rediseñar y adaptar etiquetas.
• 2028: 5 años para la retirada de aquellos productos que no posean etiquetas conformes en el lineal de venta.
• La entrada en vigor de la nueva regulación se hará oficial 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE).
¿Qué deben hacer las empresas cosméticas?
• Están obligadas a modificar las etiquetas de los cosméticos, actualizando el formato y el contenido de las mismas.
• Gestión documental de reformulaciones.
¿Quieres mantenerte al día sobre la actualidad de la industria de las fragancias y los aromas alimentarios? En AEFAA te van a ayudar.