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Puig gana a Equivalenza

Por:
Equivalenza.

El mercado selectivo se anota otra victoria en su lucha por la protección de sus valores. La compañía Puig ha ganado una demanda contra Equivalenza por infracción de marca y competencia desleal. El Juzgado de Marca Comunitaria condena a la empresa de perfumes de equivalencia a cesar el uso de las marcas de Puig, así como a una indemnización.

En el plazo de medio año se han conocido tres sentencias a favor de las marcas de perfumería selectiva. A las victorias obtenidas por LVMH contra Vicinanza y contra Perfumería Miralls, Perfumería Internacional e Hiperlic, se suma la conseguida por Puig contra Equivalenza. Mediante sentencia de 28 de enero, el Juzgado de Marca Comunitaria nº 1 de Alicante condena a la empresa de perfumes de equivalencia a cesar su actividad de ofrecimiento y promoción de perfumes que hacen referencia a las marcas de Puig. En concreto, Equivalenza usaba dichas marcas en el material publicitario y en las denominadas tablas de equivalencias (folletos en los que se relacionan las referencias numéricas de las fragancias de equivalencia con las marcas de los perfumes originales a los que supuestamente equivaldrían en olor) que la demandada difundía directamente y a través de su red de tiendas.

La sentencia declara que el uso de las marcas 212 Carolina Herrera, Paco Rabanne pour Homme, Black XS de Paco Rabanne, Ultraviolet de Paco Rabanne, 1 Million de Paco Rabanne, Lady Million de Paco Rabanne, Nina de Nina Ricci, Love in Paris de Nina Ricci y Premir Jour de Nina Ricci en su actividad publicitaria y promocional de sus perfumes de equivalencia infringe dichas marcas por aprovechamiento indebido de su prestigio y además es constitutivo de actos de competencia desleal en la modalidad de publicidad comparativa no leal.

Por tales motivos, Equivalenza ha sido condenada a cesar y abstenerse en el futuro de desarrollar dichas actividades refiriéndose a las marcas de Puig, así como a indemnizar a la compañía.

La sentencia adquiere gran relevancia, dado que, en lo relativo a infracción de marca, tiene alcance en toda la Unión Europea y es la primera de los juzgados de marca comunitaria en la que se protege a los titulares de marca y se ofrece tutela concurrencial frente a la creciente práctica de la perfumería de equivalencia haciendo un uso de marcas ajenas.

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