Puig se apunta una victoria judicial más contra las fragancias comercializadas como imitación de sus marcas más exitosas. La Audiencia Provincial de Alicante ha ratificado la condena a Yodeyma a cesar en el uso de marcas de Puig en su actividad comercial tanto en España como en toda la Unión Europea.
Mediante sentencia de 2 de junio, la Audiencia Provincial de Alicante ha desestimado en su totalidad el recurso de apelación presentado por Yodeyma Parfums contra la victoria de Puig fechada el pasado 13 de octubre en el Juzgado de Marca Comunitaria nº2.
La Audiencia Provincial afirma que las marcas de Puig no son términos descriptivos de características olfativas sino marcas de fantasía y que, por lo tanto, Yodeyma no puede ampararse para su uso en el derecho de información al consumidor. En consecuencia, la sentencia dictamina que el uso por las demandadas de las marcas de fragancias de Puig en actos de ofrecimiento, distribución, comercialización y promoción de sus fragancias de equivalencia, infringe las referidas marcas y, además, es constitutivo de competencia desleal por publicidad ilícita y aprovechamiento de la reputación ajena debido a la explotación parasitaria de las marcas.
Para la compañía catalana, esta sentencia viene a consolidar «lo que ya es una tendencia judicial» de proteger a los titulares de marcas frente a claros actos de infracción de marcas y competencia desleal llevados a cabo por compañías dedicadas a la perfumería de imitación.
El uso de las marcas de Puig por parte de Yodeyma, empresa dedicada a la distribución y comercialización en peluquerías e internet de fragancias que se presentan como imitación de perfumes originales, se realiza mediante listados de equivalencias y, en el caso de su página web, a través de un buscador que tiene como criterio de búsqueda las marcas de conocidos perfumes de Puig, principalmente de las marcas Carolina Herrera, Paco Rabanne, Nina Ricci y Jean Paul Gaultier.
La condena
Con esta sentencia se confirma la condena a Yodeyma a:
-cesar y abstenerse en el futuro de llevar a cabo cualquier acto de comercialización, ofrecimiento, publicidad o promoción mediante el uso de las marcas de Puig,
-retirar del tráfico económico y a destruir a su costa cualquier material publicitario o promocional que contengan dichas marcas,
-suprimir del buscador en su sitio web el criterio de búsqueda basado en dichos signos,
-abstenerse de suministrar a los establecimientos minoristas o a cualquier tercero, cualquier tipo de material, díptico, listado o medio de identificación que contengan dichas marcas,
-abstenerse de explotar dichas marcas en su actividad comercial por cualquier medio, incluido el discurso comercial a sus clientes o potenciales clientes,
-indemnizar a Puig.