Stanpa asesora a sus asociados sobre el Real Decreto-Ley 10/2020

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Las nuevas medidas de confinamiento decretadas ayer por el Gobierno endurecen aún más las condiciones de la actividad laboral en España. Según el Real Decreto-Ley 10/2020 publicado en el BOE, a partir de hoy lunes 30 de marzo deben cesar todas las actividades no esenciales hasta el 9 de abril. Las empresas del sector cosmético asociadas a Stanpa que deseen información sobre cómo deben afrontar este nuevo escenario, pueden contactar con la Asociación a través del correo electrónico stanpa@stanpa.com.

Stanpa asesora a sus asociados ante las nuevas restricciones impuestas para frenar la pandemia de Covid-19

Stanpa redobla sus esfuerzos para coordinar al sector de perfumería y cosmética en España ante la pandemia de coronavirus. Por una parte, está asesorando a las empresas requeridas para fabricar geles hidroalcohólicos, necesarios en estos momentos de desabastecimiento por su importancia para la desinfección de manos de sanitarios y profesionales que están trabajando en servicios públicos. Y, por otra, está abierta a resolver todas las dudas que se presenten a las empresas ante las nuevas medidas restrictivas de la actividad laboral.

Según el Real Decreto-Ley 10/2020, del 29 de marzo, a partir de hoy lunes 30 de marzo solo podrán seguir manteniendo su actividad aquellas empresas necesarias para mantener servicios esenciales: salud, seguridad, bienestar social y económico de los ciudadanos, así como servicios básicos de instituciones del Estado y Administraciones públicas, telecomunicaciones e industria energética. Con esta nueva medida, el Gobierno y las autoridades sanitarias esperan frenar la curva de contagio de coronavirus en nuestro país.

Se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales entre el 30 de marzo y el 9 de abril (ambos incluidos), con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el Covid-19. Real Decreto-Ley, que ha entrado en vigor hoy, lunes 30 de marzo.

Según informa Susana Arranz Vega, directora Internacional de Stanpa, en su perfil de LinkedIn, «la referencia al sector de perfumería y cosmética se encuentra en el punto 2 del anexo, bajo la expresión ‘productos higiénicos…, o cualquier producto necesario para la protección de la salud’. También recoge de modo genérico ‘productos que participan en la cadena de abastecimiento del mercado'».

Así reza en el texto publicado en el BOE: 

ANEXO

«No será objeto de aplicación el permiso retribuido regulado en el presente Real Decreto-Ley a las siguientes personas trabajadoras por cuenta ajena:

PUNTO 2

Las que trabajan en las actividades que participan en la cadena de abastecimiento del mercado y en el funcionamiento de los servicios de los centros de producción de bienes y servicios de primera necesidad, incluyendo alimentos, bebidas, alimentación animal, productos higiénicos, medicamentos, productos sanitarios o cualquier producto necesario para la protección de la salud, permitiendo la distribución de los mismos desde el origen hasta el destino final».

Las empresas asociadas a Stanpa que deseen ampliar información, pueden contactar con la Asociación en el correo electrónico stanpa@stanpa.com.

Descargar BOE Real Decreto-Ley 10/2020